**Por Dra. Alma Delia Herrera Márquez | SNI Nivel 1 | BURK Cluster de Investigación**

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Elegir un tema de tesis en derecho es, antes que un ejercicio académico, una decisión política. Decidimos qué problemas merecen ser investigados, desde qué perspectiva los miramos y a quién le habla nuestro trabajo. En un contexto donde el derecho se transforma a una velocidad sin precedentes —reformas constitucionales, nuevas tecnologías, crisis climática, migración masiva— la investigación jurídica tiene una responsabilidad enorme: no solo describir el estado del derecho, sino interrogarlo.
En este artículo presento cinco temas que considero urgentes, fértiles y científicamente relevantes para quien esté construyendo su protocolo de investigación en 2025. Todos tienen en común tres características: exigen un enfoque interdisciplinario que dialogue con las ciencias sociales; están atravesados por la perspectiva de derechos humanos; y se benefician de una lectura comparada que nos permite salir del horizonte nacional para ver nuestro sistema desde fuera. Los acompaño con bibliografía especializada y con preguntas que pueden detonar una investigación rigurosa.
1. Inteligencia artificial, debido proceso y derechos humanos
La irrupción de la inteligencia artificial en el sistema de justicia ya no es una discusión futura: en agosto de 2025, un tribunal mexicano emitió la primera sentencia que incorporó análisis de herramientas como ChatGPT, Grok y Gemini en su razonamiento. Este hecho —inédito en la historia judicial del país— abre una pregunta jurídica de primer orden: ¿puede un algoritmo participar en la construcción de una decisión judicial sin vulnerar el derecho al debido proceso?
Desde el derecho comparado, la Unión Europea avanza con el *AI Act* (Reglamento 2024/1689), que clasifica los sistemas de IA de alto riesgo en el ámbito judicial y establece obligaciones de transparencia y supervisión humana. América Latina, en cambio, carece todavía de un marco normativo equivalente. México apenas perfila los primeros contornos regulatorios (Senado de la República, *Informe sobre Inteligencia Artificial*, 2024-2025), mientras que países como Brasil y Argentina han presentado proyectos legislativos que merecen análisis comparado.
Una investigación jurídica sólida en este campo requiere dialogar con la sociología del derecho —¿qué sesgos reproduce la IA cuando se entrena con datos históricos de un sistema desigual?— y con la filosofía jurídica —¿puede la inteligencia artificial ser sujeto de responsabilidad o solo instrumento?—. Las respuestas importan porque de ellas depende que la justicia digital sea realmente justa.
2. Violencia de género: del tipo penal a la prueba judicial
México tipificó el feminicidio en 2012. Más de una década después, los problemas no son de definición sino de prueba: ¿cómo se acredita judicialmente que un homicidio ocurrió “por razones de género”? La Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó en 2024 una guía específica sobre este tema —*¿Cómo se prueba la violencia por razones de género en el proceso judicial?*— que revela hasta qué punto el sistema probatorio no fue diseñado para reconocer estas formas de violencia.
A esto se suman figuras jurídicas recientes: la violencia vicaria —regulada en varias entidades federativas a partir de 2023-2024— y la violencia digital de género, que exige repensar conceptos como privacidad, consentimiento y responsabilidad de plataformas tecnológicas. Desde el derecho comparado, España y Argentina ofrecen modelos de legislación y jurisprudencia más consolidados que permiten identificar tanto avances como límites.
El enfoque de ciencias sociales es aquí indispensable: la criminología feminista, los estudios de género y la sociología jurídica nos enseñan que el derecho penal, por sí solo, no erradica la violencia. La investigación jurídica que se quede en el análisis normativo sin interrogar las condiciones estructurales que produce y reproduce esa violencia tendrá un alcance muy limitado.
> **Referencias clave:** SCJN, *Perspectiva de género y derecho penal* (2025); SCJN, *Apuntes sobre igualdad de género: violencia familiar* (2024). Disponibles en: scjn.gob.mx
3. Derechos de los pueblos indígenas tras la reforma constitucional de 2024
La reforma constitucional de septiembre de 2024 reconoció a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público, no solo como sujetos de protección. Este cambio no es semántico: implica reconocer capacidad jurídica plena, posibilidad de ser titulares de derechos colectivos y de ejercer sus propios sistemas normativos en pie de igualdad con el derecho estatal.
Desde el derecho comparado, Bolivia y Colombia llevan décadas de experiencia constitucional con este modelo pluralista, con resultados complejos que vale la pena analizar: ¿qué tensiones genera la coexistencia de sistemas jurídicos paralelos? ¿Cómo se resuelven los conflictos de competencia? ¿Qué pasa cuando los sistemas normativos indígenas y los derechos humanos individuales entran en contradicción?
El Observatorio del Sistema Interamericano de Derechos Humanos del IIJ-UNAM registra que México acumula un número creciente de casos ante la Corte Interamericana vinculados a comunidades indígenas, especialmente en materia de consulta previa, libre e informada. La investigación en este campo requiere un diálogo directo con la antropología jurídica y con los propios actores comunitarios: ninguna tesis sobre pueblos indígenas puede escribirse solo desde los libros.
4. Protección de datos personales en la era de la vigilancia digital
El 20 de marzo de 2025 entró en vigor la nueva Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que reemplaza el marco de 2010 y actualiza los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO) al contexto digital contemporáneo. Esta reforma llega con un retraso considerable frente al Reglamento General de Protección de Datos europeo (RGPD, 2018), lo que convierte al derecho comparado en una herramienta privilegiada de análisis: ¿qué aprendió México del modelo europeo? ¿Qué adaptaciones fueron necesarias para el contexto latinoamericano?
Desde las ciencias sociales, la vigilancia digital no es solo un problema jurídico: es una cuestión de poder. ¿Quién tiene acceso a nuestros datos? ¿Con qué fines? ¿Qué consecuencias tiene para las poblaciones históricamente discriminadas —migrantes, activistas, personas LGBTQ+, comunidades indígenas— que sus datos sean procesados por sistemas algorítmicos con sesgos estructurales?
Este tema es especialmente relevante para investigaciones en derecho laboral (vigilancia de trabajadores remotos), derecho penal (uso de datos en investigaciones criminales) y derecho administrativo (datos en poder del Estado). La agenda está abierta y la bibliografía especializada, todavía escasa en México.
5. Justicia climática: litigio estratégico y derecho comparado
La SCJN publicó en diciembre de 2024 un análisis sistemático de jurisprudencia climática comparada que registra una tendencia global: los tribunales —nacionales e internacionales— están comenzando a reconocer el cambio climático como un asunto de derechos humanos, no solo de política ambiental. El caso *Urgenda vs. Países Bajos* (2019), la decisión de la Corte Suprema de Colombia sobre la Amazonía (2018) y la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre cambio climático (2024) abren un nuevo capítulo en el litigio ambiental.
México ratificó el Acuerdo de Escazú en 2021, que garantiza derechos de acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales. La SCJN publicó en 2025 una guía de implementación. Sin embargo, la distancia entre la ratificación del tratado y su aplicación efectiva en los tribunales nacionales sigue siendo enorme, especialmente en casos que involucran a comunidades indígenas y campesinas.
Una investigación en este campo permite articular derecho internacional, derechos humanos, derecho constitucional y ciencias ambientales en un solo protocolo: es, por definición, interdisciplinaria. Y tiene consecuencias reales: el litigio climático estratégico es una de las herramientas más poderosas que tiene hoy el derecho para incidir en políticas públicas.
Reflexión final: investigar desde el compromiso sin perder el rigor
Estos cinco temas tienen algo en común: todos incomodan. Hablar de algoritmos que reproducen discriminación, de un sistema probatorio que no ve la violencia de género, de pueblos que el Estado lleva siglos ignorando, de datos que se convierten en instrumentos de control, de un planeta que se calienta mientras los tribunales debaten competencias… es hablar de las fallas más profundas de nuestro orden jurídico.
La investigación científica en derecho tiene que ser capaz de mirar esas fallas de frente, con rigor metodológico y sin la comodidad del análisis puramente normativo. No se trata de hacer activismo disfrazado de ciencia —eso traiciona a ambos—. Se trata de hacer buena ciencia jurídica: con hipótesis claras, metodología explícita, bibliografía sólida y conclusiones que aporten algo nuevo al conocimiento. Pero sin olvidar que el derecho no existe en el vacío: existe en cuerpos, en comunidades, en conflictos reales.
Esa tensión entre rigor y compromiso es, a mi juicio, la marca de la mejor investigación jurídica que se produce hoy en América Latina.
Ejercicio práctico: construye el embrión de tu protocolo
Elige uno de los cinco temas anteriores —o propón el tuyo— y responde estas preguntas. No busques la respuesta perfecta: busca la respuesta honesta.
1. El problema que me mueve
¿Qué situación concreta del sistema jurídico te genera incomodidad, curiosidad o indignación? Descríbela en dos oraciones, sin usar lenguaje técnico todavía.
2. La pregunta científica
Convierte ese problema en una pregunta de investigación. Debe ser específica, respondible con métodos jurídicos y no tener una respuesta obvia. Ejemplo: *¿De qué manera el sistema probatorio mexicano dificulta la acreditación de la violencia de género en casos de feminicidio en el periodo 2018-2024?*
3. El aporte
¿Qué sabrá el mundo jurídico que no sabía antes de leer tu tesis? Una oración.
4. El método
¿Qué disciplinas necesitas para responder tu pregunta? (Derecho + sociología, derecho + ciencias ambientales, derecho + informática…). ¿Qué fuentes vas a consultar?
5. El semáforo de viabilidad
– ¿Existe bibliografía suficiente? (revisa: juridicas.unam.mx, redalyc.org, scjn.gob.mx)
– ¿Puedes delimitarlo en tiempo y espacio?
– ¿Tienes acceso a las fuentes primarias que necesitas?
– ¿Te interesa lo suficiente para trabajarlo dos años?
Si respondiste sí a las cuatro preguntas del semáforo: tienes un tema viable. El siguiente paso es afinar la hipótesis. Eso lo vemos en la próxima guía de la serie *Tu Tesis en 90 Días*.
referencias:
Tirant lo Blanch (tema 1): Tirant lo Blanch México. (2024). Inteligencia artificial y derecho mexicano: hacia una nueva arquitectura regulatoria. https://prime.tirant.com/mx
Due Process of Law Foundation (tema 3): Due Process of Law Foundation. (2024). La reforma indígena en México: avances, pendientes y retos. https://www.dplf.org
Uplaw México (tema 4): Uplaw México. (2025). Nueva ley de protección de datos personales 2025: lo que toda empresa debe saber. https://www.uplaw.com.mx
SCJN (tema 5): Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2024). Jurisprudencia climática comparada. https://www.scjn.gob.mx Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2025). Apuntes para la implementación del Acuerdo de Escazú. https://www.scjn.gob.mx
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